INVENTARIO SOLEMNE

¿Qué es?

El inventario solemne de bienes es un trámite que se realiza ante notaría, según Decreto 1664 del 20 de agosto de 2015, y se realiza cuando existen hijos menores por  fuera de la unión y busca proteger los derechos patrimoniales de los hijos menores frente al matrimonio futuro de alguno de sus padres.

¿Cuándo es necesario este tramite?

Cuando se va a declarar la unión marital de hecho o se va a contraer matrimonio y existen hijos menores de edad por fuera de dicha unión marital o matrimonio.

¿Qué necesita para el inventario solemne?

Sin importar que los menores tengan o no bienes es necesario solicitar el Inventario solemne de bienes.

*Art 170  del Código Civil manifiesta: “Habrá lugar al nombramiento de curador aunque los hijos no tengan bienes propios de ninguna clase en poder del padre o de la madre. Cuando así fuere, deberá el curador especial testificarlo.”

Presentada la solicitud, el notario designará un curador especial.

$COSTOS

Para calcular el costo de este tramite es necesario tener en cuenta:

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